viernes, 8 de julio de 2011

La curiosidad mató al gato


Pero al ser humano casi siempre le ha beneficiado ser curioso, especialmente en algunos casos. Está bien ser los suficientemente curiosos como para enterarnos de esos pequeños derechos que desconocemos. Hay muchos, insignificantes... y por ello nunca los tenemos en cuenta y en muchas ocasiones incluso los desconocemos.



Por ejemplo, ¿cuántos hemos escondido una bolsa de palomitas al modo contrabando para entrar en el cine?...  Pues tales azañas de 007 son absolutamente innecesarias porque en realidad es ILEGAL que no te permitan entrar con cualquier alimento o bebida aunque no esté comprado en la tienda de los cines, siempre y cuando sí coincida con lo que venden en la propia tienda. Es decir, puedo llevarme una bolsa de palomitas, golosinas o coca cola porque lo venden allí, pero obviamente no me puedo llevar una tapa de pulpo á feria jeje. Así que no es necesario esconderlo ni mucho menos. En caso de que te pusieran alguna traba para hacerlo o te lo impidieran de manera directa, solicita la hoja de reclamaciones (que debes cumplimentar en el acto y en presencia de algún trabajador de la susodicha empresa).



Otra de esas pequeñas cosas que algunos desconocemos son los plazos de garantía de algunos productos. Ha sido sonado por ejemplo el caso de la empresa Sony que vendía productos electrónicos a los que les daba una única garantía de un año por parte del fabricante e insinuaba que el otro año lo garantizaría la empresa vendedora. Esto es una ilegalidad bastante bestia. En España y dentro de la comunidad Europea las leyes en cuanto a este tipo de productos son muy claras y concisas, las garantías de cualquier producto electrónico serán mínimo de dos años de duración a partir de la compra del producto y cualquier otra actuación en este ámbito incurrirá en una ilegalidad.

Veámos los siguientes ejemplos: 1.Pepito compra una PSP y al cabo de un año deja de funcionar. A acudirá al establecimiento dónde la adquirió y solicitara su arreglo, en caso de que le negasen este derecho deberá acudir al ministerio de consumo.



2. Fulanito compra una PSP y al cabo de un año, ésta deja de funciona por un fallo del fabricante. La PSP se envía a fábrica y se devuelve en correcto funcionamiento. Al ser un fallo del fabricante, volveríamos a disponer del plazo completo de garantía de 2 Años.

jueves, 7 de julio de 2011

Siglo XXI

Blackberrys, Tablets, Iphones, etc. Vivimos en el siglo de lo tecnológico, en la era de los avances por excelencia. Se supone pues que las normas que nos han de regir deberían estar igualmente adaptadas a los tiempos que corren y lo cierto es que no es ni mucho menos así. A continuación expongo artículos del código civil español, pertenecientes a su LIBRO III: DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD,TITULO I DE LA OCUPACIÓN:


Artículo 613.
Las palomas, conejos y peces, que de su respectivo criadero pasaren a otro
perteneciente a distinto dueño, serán propiedad de éste, siempre que no hayan sido
atraídos por medio de algún artificio o fraude.


Artículo 614.
El que por casualidad descubriere un tesoro oculto en propiedad ajena, tendrá el
derecho que le concede el artículo 351 de este Código.


Artículo 612.
El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo
ajeno, indemnizando al poseedor de éste el daño causado. Si estuviere cercado,
necesitará el consentimiento del dueño para penetrar en él.
Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre dos días
consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo.
El propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de veinte
días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al que
los haya cogido y conservado.


Estos artículos están vigentes en el código civil español. En mi opinión, las carencias existentes en el código penal en cuánto a condenas, en el código civil en temas de nuevas tecnologías, en el estatuto de los trabajadores, etc. Es decir, creo que hoy en día seguimos conviviendo con lagunas legales en ámbitos extremadamente importantes y sin embargo considero una ridiculez que existan artículos tan arcaicos como las que ya os he mencionado.




martes, 14 de junio de 2011

El destino no quería y yo me empeciné

 Soy una persona de esas que hablan mucho, pero mucho, por los codos, pero la verdad es que por teléfono no demasiado.Soy más de caña o café y su cháchara correspondiente que de colgarme al móvil una hora, pero hace cosas de dos meses la envidia insana de las blackberys y el acceso a internet me hicieron replantearme mi tarjeta de prepago y decidí aventurarme a un contrato para que me "sobornasen" con un suculento terminal. Llamé a un par de operadoras y al final me decidí, y me dí de alta en un contrato vía telefónica. Al cabo de un par de días me llamaron de mi compañía para hacerme la contraoferta, la cual no quise ni escuchar (sino es que me lían..). Llega el día el que tiene que realizarse el cambio y llegarme el terminal y ni una cosa ni la otra, llamo a la compañía con la que solicité el alta y me dicen que lo han cancelado a petición mía por aceptar la contraoferta de mi compañía original. ¡Qué indignación!
Así no se puede, trece días de espera para nada, llamo y llamo a una y a la otra y ambas me dan largas, no hay manera cada uno inventa un motivo y me remiten a la anterior compañía.



Es extraño como parece que en estas circunstancias la persona u operador de telefonía (Dícese de la persona capaz de esquivar todas tus consultas y cargarte el pack mega súper dúo dinámico de ADSL) hablamos idiomas diferentes. Al final, nadie me solventó nada, repetí la misma jugada de activar mi alta y migración a otra compañía vía telefónica y un mes después volví a estar en la misma situación entre Pinto y Valdemoro. Como en mi agenda diaria no me sobran 4 horas diarias para lidiar con un telefonista que ni quiere ni pretende resolver mi problema, decido aguantar el llanto y me armo de paciencia. Y  por última y tercera vez me vuelvo a dar de alta del mismo medio.



¡Ay cuánta ingenuidad hay en mí! Y otra vez damas y caballeros, una tercera vez más me vuelven a hacer lo mismo... esta vez eso si, después de infinidad de llamadas me dicen que claro, que es imposible que me hayan intentado pasar a contrato ya que si el usuario proviene de prepago hay que hacerlo en una tienda autorizada. Anda...y entonces cómo es posible que me hayan hecho la grabación de verificación de datos varias veces, que me hayan contado mil historias para no dormir. En fin... Al final ya de perdidos al río, y si por culpa de un par de ineptos yo he perdido tiempo, muuuuucho tiempo ahora perderé un poco más. Resuelvo en hacer un par de llamadas, en cada una de ellas solicito el nombre de cada uno de los operadores con los que trato. Solicito número de fax de ambas compañías y un correo electrónico con el que comunicarme con ellos. Vía escrita, tramito mi reclamación, adjuntando obviamente todas las respuestas y "soluciones" que se me han proporcionado. Hay que tener en cuenta que estos trámites siempre son lentos, las cosas de palacio van despacio, y a día de hoy en España el sistema de arbitraje (Que es el que concierne a los temas de consumo) está absolutamente colapsado, pero en fin, menos da una piedra. Al final la compañía "nueva" tendrá que indemnizarme por el plazo comprendido desde la segunda alta hasta la fecha de recepción de mi reclamación por fax, y la compañía original de la que partía tendrá que hacer lo mismo por el período que pasé al haber cancelado a petición "mía" el cambio de compañía. Lo cual me lo voy a tomar como un pequeño premio a la paciencia...


viernes, 22 de abril de 2011

Un trabajo, ¡qué alegria!

Me han ofrecido un trabajo de esos que pinta bien; pocas horas, bastante sencillo y no del todo mal pagado (Cosa que hoy en día es más que suficiente). En principio el trabajo consistirá en dependienta de una tienda jueves tarde, viernes tarde y sábado completo. Un buen horario que me permite que no interfiera en mis estudios. Acepto y me convocan para el montaje de la tienda,  me dicen que serán como dos días de montaje mañana y tarde y que cobraré aproximadamente por el montaje unos 160 euros. 


El montaje fue duro, más de 5000 referencias de artículos, que si cargar cajas, colocar baldas, ganchos...etc. Al final incluso se prolongó un día más, por tanto imaginé que con ese día a mayores también aumentaría la cantidad a cobrar ... ay... cuánta ingenuidad! Me han pagado 110 euros....  vamos me ha salido la cosa a 4,40 euros (grgñrgñgrñ) QUÉ INDIGNACIÓN! Pero como las mismas personas que me pagan esto son las que me contratan decido tragarme con un vaso de agua toda mi indignación.

Comienza el contrato, lo firmo y en teoría me toca empezar el jueves, pero me hacen ir también toda la mañana (lo cual como ya he dicho, no forma parte de mi horario de trabajo), pero hago otro esfuerzo y.. ¡glup! tragado está! ... después de una dura mañana me toca con la tarde, mi horario de salida es a las 8:30. Pues bien son las 9:25 cuando salgo de la tienda después de hacer la caja, presentes conmigo la jefa y la encargada. Y todo esto al empezar! Me dan las llaves para que abra...cierre..haga caja etc...

Hoy me toca volver y la verdad es que ya tanta indignación se me ha atragantado así que veamos...  ya que mi contrato está estipulado por horas (y el salario por el convenio acorde) he decidido echar cuentas. Si mi contrato marca 14,5 horas semanales y a eso le sumo el tiempo que pretenden que este a mayores sin cobrar (una hora al cerrar) me salen 3 horas semanales ya..lo cual es un aumento de un 20,68% de horas que no figuran ni en contrato ni a la hora de cobrar. (Es lo que tienen los contratos a tiempo parcial....un pequeño aumento supone un porcentaje muuuuuuuuy alto del total)... por otro lado me he dado cuenta también de que la labor de caja...debería corresponder a la encargada por el riesgo que conlleva sufrir un descuadre en la caja... así que..

a) Inspección de trabajo, para que verifique que estoy trabajando en un horario que no corresponde a mi contrato :  http://www.mtin.es/itss/web/Sala_de_comunicaciones/Como_denunciar_ITSS.html

b) Así que tengo que quedarme a hacer la caja después de que se hayan ido los clientes....eh pero tampoco puedo apagar luces ni cerrar puerta par a que no entren más...sólo esperar (según lo que me han dicho "aunque te den las 9") y después hacer la caja... pues entonces me voy a atener a una cosita que se llama "Quebranto de moneda" y si soy responsable de hacer la caja y de que no haya descuadre están obligados a pagarme eso, creo que el quebranto de moneda está ahora a unos 62,5 euros.... y además tendrán que modificar el contrato para ampliar el horario o efectivamente cerrar antes.

c) Por si acaso, como los empresarios a veces creen que el trabajador es tonto de remate y que no tiene derecho a quejarse por nada del mundo, y por hacerlo corres el riesgo de despido... Voy a remitirme también a la asesoría de la ocu para dejar una constancia escrita de los hechos y ampararme a ellos si se da el caso de despido. (El cual obviamente sería improcedente)...

www.ocu.org/asesoria/


Hoy con mis quejas y derechos bajo el brazo voy a plantearle primero la situación a mi jefa y si eso falla o la respuesta no resulta grata...me atendré al procedimiento que acabo de explicar. En cualquiera de los dos casos os mantendré informados.


Espero que este primer post os haya servido de ayuda. Por supuesto iré presentando casos dispares sin relación entre si, la única relación que habrá será la de buscar soluciones legales o pequeñas triquiñuelas al asunto en cuestión. 
Si tenéis algún problema en concreto y buscáis solución también podéis proponerlo.